sábado, 15 de junio de 2013

Historia: Regimen Indiano

Régimen indiano: Autoridades residentes en América
El cargo de virrey se estableció efectivamente con la creación de las dos primeras grandes circunscripciones políticas y administrativas de América: el Virreinato de Nueva España (México) en 1535 y el de Nueva Castilla (Perú), en 1543.
El virrey era un representante de la persona del rey en América, por lo que se le debía el mismo respeto y ceremonial que al soberano. Era la máxima autoridad civil y militar en las Indias, aunque no gozaba de poder ilimitado. Al final de su mandato era sometido al juicio de residencia, para evaluar si había cumplido correctamente su función.
Presidía la Real Audiencia, un órgano de gran importancia que actuaba como supremo tribunal de justicia y tenía el cometido de controlar al virrey. Sus miembros se llamaban oidores. No tenían límite de duración en sus funciones y suplían al virrey si el cargo estaba vacante. Formaban el grupo más selecto de la burocracia americana. Entre otros privilegios, podían comunicarse sin intermediarios con el Consejo de Indias.
La relación de poderes entre virreyes y reales audiencias muestra el sistema de contrapesos que la corona quiso establecer para evitar excesos en sus subordinados.
Gobernadores, capitanes y cabildos.
La extensión de los territorios americanos requirió funcionarios y órganos dependientes de los virreyes. En las regiones relativamente pacíficas se instalaron gobernadores, que cumplían funciones administrativas, judiciales y militares. En las de mayor peligrosidad se impusieron capitanes generales con tropas a cargo.
De todos modos, la lejanía de España y las guerras en que se vio envuelta en Europa durante los siglos XVI y XVII hicieron que la mayor de los efectivos militares fueran originarios de América.
En las ciudades se establecieron municipios similares a los que había en Castilla y otras regiones de España. Estos organismos llamados cabildos se encargaban de administrar las tierras públicas, del mantenimiento de calles y caminos, de la limpieza, el orden y el abasto de las ciudades. También tenían funciones judiciales.
Estaban integrados por vecinos españoles, o criollos, con propiedad y residencia en la ciudad. Los miembros del cabildo se elegían anualmente, inicialmente por el virrey o gobernador y después por los cabildantes salientes. Estaban presididos por el corregidor, que tenía a su cargo, la recaudación de tributos y la distribución de mano de obra para las obras públicas.
En circunstancias especiales, cuando había que tratar algo urgente o muy importante, se llamaba a un cabildo abierto. En estas ocasiones podían acudir todos los vecinos.

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